SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0670/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0670/2020-S2

Fecha: 12-Nov-2020

a)

Solicitó se conceda la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto en lo pertinente el Auto de Vista 045/2020, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, debiendo emitir nueva resolución con base en los fundamentos desarrollados por la Jueza de garantías; y, b) Determinar medidas cautelares menos gravosas a la detención preventiva, como las contempladas en el art. 231 bis. del CPP modificado por la Ley 1173, considerando que en audiencia de medidas cautelares acreditó los elementos domicilio, familia y trabajo.

En la audiencia del recurso de apelación incidental de 28 de febrero de 2020, el peticionante de tutela a través de su defensa técnica, expresó los siguientes agravios: a) En la imputación formal no se individualizó su conducta ni se estableció cómo la misma se subsumía con los delitos que se le endilgan; b) Se vulneró el principio de congruencia interna, porque en relación al tiempo de duración de la detención preventiva, no existe correspondencia entre la parte considerativa y dispositiva del Auto Interlocutorio recurrido; en razón a que, el Juez de la causa, si bien dispuso seis meses de duración de la extrema medida, no desarrolló ningún fundamento en la parte considerativa; y, c) No se presentó prueba alguna para determinar la concurrencia de los riesgos procesales previstos en los arts. 234.7 y 235.2 del CPP, los cuales fueron establecidos a partir de suposiciones y criterios subjetivos.