SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2020-S3

Fecha: 03-Nov-2020

iv)

De la revisión del Auto de Vista 49/2020, se advierte que el razonamiento y argumentos expresados por el Vocal hoy accionado, resultan ser arbitrarios y lesivos del derecho a la presunción de inocencia vinculado con el derecho a la libertad; toda vez que, si bien al principio refirió que debía primar la inocencia del accionante porque la sentencia condenatoria impuesta en su contra dentro de la causa fue impugnada, por tanto, no estaba ejecutoriada; no obstante, posteriormente, manifestó  ambiguamente que debía considerarse que para dictar ese fallo verificó los elementos del tipo penal, confirmándose con ello, también el peligro abstracto del accionante, extremo contrario a lo precedentemente señalado, confirmando su posición ya en las últimas líneas de la parte considerativa de dicho Auto de Vista, cuando manifestó que no había posibilidad de dar por acreditado el riesgo de fuga, porque se entendería que se confirmó con la sentencia condenatoria emitida -dentro ese mismo proceso (fs. 14), conclusión que resulta irrazonable y en pleno desconocimiento de lo establecido en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, respecto al riesgo de fuga señalado en el art. 234.10 -actualmente 7- del CPP modificado por el art. 11 de la Ley 1173.