SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2020-S2
Fecha: 24-Nov-2020
II.3.
II.3. Por medio del Auto Interlocutorio 026/2020 de 5 de mayo, José Luis Quiroga Flores, Iván Elmer Perales Fonseca y Patricia Mabel Aguilar Aguilar, Jueces del mencionado Tribunal de Sentencia -ahora demandados-, dispusieron la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor del peticionante de tutela, consistentes en: i) Su detención domiciliaria permanente, las veinticuatro horas con un escolta policial, previa verificación de domicilio del precitado; ii) Prohibición de salir del territorio nacional, determinando el arraigo ante la Dirección Nacional de Migración; iii) Obligación de firmar en ese Tribunal de Sentencia cada lunes de semana o al día hábil siguiente si cae en feriado, conforme a las disposiciones de cuarentena vigentes; iv) Prohibición de acercarse a las víctimas, familiares, partícipes, testigos o peritos, sea por terceros o directamente, por cualquier medio; y, v) Presentarse con un abogado de su confianza en cada audiencia de juicio oral, evitando la suspensión por su ausencia (fs. 17 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Improcedencia de activación de una acción tutelar contra una resolución emergente del cumplimiento de otra acción
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR