SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2020-S2
Fecha: 24-Nov-2020
1.2.5. Intervención de la víctima
Edgar Jallaza Véliz, abogado de las víctimas, presente en la audiencia, peticionó se deniegue la tutela, manifestado que les interesa la presencia del ahora accionante en el proceso, no siendo evidente que su estado de salud sea grave o esté en riesgo su vida, como lo refirió el Ministerio Público y la parte querellante; en este caso, la última audiencia fue el 15 de mayo de 2020, y la Resolución que se dictó fue apelada encontrándose pendiente de resolución, siendo el Tribunal de alzada, el que debe establecer si el inferior actuó o no correctamente o si transgredió algún derecho del demandante de tutela, no pudiendo en forma paralela acudir a la acción de libertad, existiendo por ese motivo colisión entre la jurisdicción ordinaria y la constitucional; correspondiendo, rechazar esta acción de defensa por subsidiariedad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- 1.2.5. Intervención de la víctima
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Respecto al derecho a la vida y su protección a través de la acción de libertad
- Fragmento 17