SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2020-S2
Fecha: 24-Nov-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia y querella del Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni del departamento de Potosí, contra el accionante Patricio Vito Mendoza Huayllas y otros, por la presunta comisión de los delitos de concusión, incumplimiento de deberes y otros, solicitó la cesación de su detención preventiva, que fue rechazada mediante Resolución de 13 de diciembre de 2019, emitida por el Juez de Instrucción Penal Cuarto en suplencia legal de su similar Tercero de la Capital del departamento de Potosí, al no haberse evidenciado su grave estado de salud y desvirtuado los riesgos procesales previstos en los arts. 233, 234.1 y 2; y, 235.2 del CPP (fs. 41 vta. a 45 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- 1.2.5. Intervención de la víctima
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Respecto al derecho a la vida y su protección a través de la acción de libertad
- Fragmento 17