SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2020-S2
Fecha: 24-Nov-2020
II.2.
II.2. El 19 de mayo de 2020, Víctor Hugo Blanco Sánchez, Suboficial de Seguridad del Edificio Corporativo de YPFB, mediante Informe 03/2020, dirigido al Jefe de Seguridad del mencionado establecimiento, informó sobre el registro del lugar del hecho, en el piso 13 de las oficinas de Gerencia Legal de YPFB, por parte del Ministerio Público, donde se procedió a realizar el secuestro de cuatro equipos de “CPU” que se encuentran asignados al personal de dicha institución, donde se especifica lo siguiente: “2. Dra. Escarly Marina Valeriano Barraso, un CPU Marca LENOVO, numero de Código interno de activos fijos 232123, más un celular Marca SAMSUNG NOT 9, de la misma forma fue NOTIFICADO para su declaración testifical en la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen de la Av. Sucre” (sic); registro que inicio a horas 10:40 y concluyo a 13:20 (fs. 27).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos para la activación de la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- a través del recurso de habeas corpus ahora acción de libertad, sólo se puede tutelar la garantía del debido proceso cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión; debiendo las demás infracciones de la garantía del debido proceso ser reparadas por los mismos órganos que conocen la causa y una vez agotados los recursos e instancias ordinarias, recién se podrá acudir a la justicia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- CONFIRMAR