Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2020-S4
Fecha: 12-Nov-2020
II.1.
II.1. Por informe de 9 de junio de 2020, dirigido a Alan Mauricio Zárate Hinojosa, Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz –hoy demandado–, el Auxiliar de dicho Juzgado, comunicó que al haberse constituido en la referida fecha a las horas 12:40 en la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, ésta se encontraba cerrada por “…INSTRUCTIVO 15/2020…”(sic) emitido por Presidencia del mencionado Tribunal; por lo que, no pudo remitir “…EL PRESENTE PROCESO QUE LLEVA POR CODIGO UNICO 201102012001429” (sic [fs. 5]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- 1)
- medio procesal idóneo para que las partes de un proceso puedan obtener la celeridad necesaria en los trámites judiciales
- el Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito (ahora Tribunal Departamental) en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- entendió que, excepcionalmente es posible prolongar el plazo de remisión del recurso de apelación y sus antecedentes hasta un plazo adicional de tres días, cuando exista una justificación razonable y fundada sobre las recargadas labores de la autoridad judicial, suplencias o pluralidad de imputados. Así, la SCP 1907/2012, señaló
- i)
- de 5 de junio de 2020
- 9 de junio de 2020
- veinticuatro horas
- CONFIRMAR