Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2020-S4
Fecha: 24-Nov-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 03/2020 de 14 de mayo, cursante de fs. 20 a 25, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por María del Mar Cortez Guachalla por sí y en representación sin mandato de NN contra Edgar Piza Sánchez, responsable del Servicio Legal Integral Municipal (SLIM) del Gobierno Autónomo Municipal de Guanay del departamento de La Paz; Julio Antonio Mamani Usnayo, Secretario del Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay; y, Ángel Rosendo Trujillo Benito, Secretario del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero, ambos del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LA ZONA SUR
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Del principio de presunción de veracidad
- en el caso de la acción de libertad, atendiendo especialmente a los principios de compromiso e interés social y de responsabilidad que rigen la función pública, así como a la naturaleza de los derechos tutelados por esa garantía jurisdiccional, cuando el sujeto pasivo es un funcionario público, éste tiene la obligación de presentar informe escrito o en su defecto concurrir a la audiencia a fin de desvirtuar los hechos o actos denunciados como lesivos a los derechos del accionante, pues de no hacerlo se presume la veracidad de los mismos
- III.3.1. Respecto a lo reclamado en contra de los Secretarios de Juzgado demandados.
- III.3.2. Con referencia a
- CONFIRMAR en parte