SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2020-S3

Fecha: 20-Nov-2020

III.2.  Análisis del caso concreto

Los accionantes a través de su representante sin mandato denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso en su elemento de acceso a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones indebidas; en razón que los Jueces Técnicos ahora accionados no fijaron audiencia de juicio oral dentro del plazo legal establecido, después que por razones de la pandemia de COVID-19, las actividades judiciales se retomaron desde el 1 de junio de 2020, y que anteriormente dicho acto procesal quedó suspendido.

De lo referido por los accionantes en esta acción de defensa, se tiene que mediante Circular “06/2020” emitida por el Tribunal Supremo de Justicia se suspendieron las actividades juiciales hasta el 1 de junio de 2020 debido a la pandemia de COVID-19. Una vez reanudadas esas actividades, y conforme se tiene expresado por los accionantes y el Juez de garantías, el 2 de junio de 2020 el Fiscal de Materia pidió que se fije audiencia de juicio oral; y, por decreto de 5 de ese mes y año, los Jueces accionados señalaron audiencia para el 17 de igual mes y año, con constancia de devolución a Secretaría de 5 de dicho mes y año a las 13:35 horas (Conclusión II.2.).