SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2020-S4

Fecha: 26-Nov-2020

concedió parcialmente

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Resolución 28/2020 de 11 de febrero, cursante de fs. 72 a 76, concedió parcialmente la tutela impetrada, disponiendo: a) Se deje sin efecto la Resolución de 18 de junio de 2019, emitida por los hoy demandados; y, b) Se pronuncie de manera inmediata, una nueva determinación, conforme a derecho y en base a las argumentaciones efectuadas en la presente acción de defensa; y, deniega, con relación a la pretensión de dejar sin efecto la sanción impuesta al impetrante de tutela, disposición pronunciada bajo los siguientes fundamentos: 1) No se advirtió que la Resolución de segunda instancia, hubiese dado respuesta al agravio principal efectuado en el recurso de apelación; 2) Llama la atención que en los fundamentos jurídicos se haga referencia al cumplimiento de las reglas del debido proceso, señalando además que todas las determinaciones asumidas, debían estar previamente fundamentadas; 3) No se cumplió con otorgar una debida fundamentación que haga comprender a las partes que lo decidido en primera instancia, estuvo sustentado en derecho y que se efectuó una adecuada apreciación de las pruebas; 4) Las autoridades demandadas tenían la obligación de señalar cuáles eran los elementos especiales del tipo disciplinario que concurrieron en el caso presente para concluir que era evidente la conducta del denunciado se había acomodado a la norma prevista en el art. 41.3 de la Ley del Ejercicio de la Abogacía; 5) En la causa, no existió pronunciamiento con relación a si la resolución de primera instancia estuvo debidamente fundamentada y motivada, pues este era el punto reclamado por el ahora solicitante de tutela; y, 6) En cuanto al párrafo donde se señaló: “.. no corresponde rechazar una resolución si no confirma o denegar…”(sic), pareciera que se haría referencia a otro caso, y que se hubiese utilizado el formato de otra decisión.