SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2020-S4

Fecha: 26-Nov-2020

III.2.

El solicitante de tutela circunscribe su problemática en el hecho de que, dentro de la demanda disciplinaria iniciada por la ahora tercera interesada en su contra, ante el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Chuquisaca, que fue declarada probada en primera instancia, decisión contra la cual, interpuso recurso de apelación; sin embargo, una vez elevado en alzada, las autoridades hoy demandadas, al emitir la Resolución de 18 de junio de 2019, lesionaron sus derechos fundamentales, al no haber explicado las razones y motivos pertinentes por los cuales, consideraban que la única prueba testifical presentada era suficiente para que su conducta se subsumiera a la falta grave dispuesta por el art. 41.3 de la Ley del Ejercicio de la Abogacía.

Identificado como está el problema jurídico planteado, corresponde a continuación realizar la revisión y análisis de los antecedentes remitidos a este Tribunal. En ese orden, se evidencia que dentro del proceso disciplinario seguido por Carmen Luisa Quispe Castro en su contra, se emitió en primera instancia la Resolución Sumarial 8 de Primera Instancia de 29 de marzo de 2019, por la cual, el Tribunal de Honor del Ilustre Colegio de Abogados de Chuquisaca, declaró probada la denuncia y por tanto, autor de la infracción grave, dispuesta en el art. 43.2 de la Ley del Ejercicio de la Abogacía, imponiéndole la sanción de suspensión temporal del ejercicio de la abogacía por el lapso de tres meses y la multa pecuniaria de dos salarios mínimos nacionales.