SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2020-S3

Fecha: 16-Nov-2020

a)

Solicita se conceda la tutela impetrada, y a) Se ordene que en el día, el Juez accionado remita el legajo de apelación incidental ante la Sala Penal de turno, de no ser posible el envió de las copias necesarias se proceda a la remisión en formato PDF o fotografías, a través de las nuevas tecnologías comunicacionales como whatsapp; y, b) Se otorgue el permiso al Juez accionado o cualquier funcionario de su despacho para dar cumplimiento con la Resolución de la acción de libertad. En audiencia impetró que el envío sea dentro del plazo de veinticuatro horas; y, bajo el principio de “flexibilización” se ordene a la Sala Penal de turno admita su apelación incidental.