SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2020-S3

Fecha: 16-Nov-2020

i)

Hugo Huacani Chambi, Juez de Instrucción Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de La Paz, por informe escrito cursante de fs. 14 a 15, señaló que; i) De la revisión de los datos del cuaderno de control jurisdiccional, se tiene que el Juzgado de turno que conoció la medida cautelar, remitió los antecedentes a su despacho el 19 de marzo de 2020, penúltimo día laboral antes de la cuarentena rígida dispuesta por el Gobierno, que rige desde el 22 del mismo mes y año; ii) En dicha etapa se pretendió remitir el cuaderno de apelación incidental a la Sala Penal de turno, según se advierte del informe prestado por la auxiliar de su despacho; empero, las Salas Penales de turno solo recibían apelaciones efectuadas durante el periodo de la pandemia y no anteriores a la misma, razón por la que no se remitió la impugnación mencionada ; y, iii) Solicita se conmine a la Sala Penal de turno a recibir el cuaderno de apelación incidental.