Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2020-S3
Fecha: 16-Nov-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 050/2020 de 15 de mayo, cursante de fs. 19 a 22 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Ramiro Uriarte Ortíz en representación sin mandato de Adela Cristina Guardia Aguilera contra Hugo Huacani Chambi, Juez de Instrucción Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- Fragmento 14
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- estamos en la obligación de garantizar, en la medida de lo posible, la vigencia del acceso a la justicia
- CONFIRMAR en parte