Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2020-S3
Fecha: 27-Nov-2020
II.1.
II.1. Cursa Sentencia Penal 54/2015 de 7 de octubre, emitida por la Jueza de Sentencia Penal Quinta de la Capital del departamento de La Paz que declaró a Gustavo Canelas Zeraín -ahora accionante- autor del delito de amenazas, imponiéndole la pena de seis meses de prestación de trabajo en el Centro de Orientación -Femenino- de Miraflores de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, a realizarse desde las 14:00 hasta las 18:00 horas, con el objeto de ejercer funciones de Asesor Legal de las privadas de libertad, más una multa de Bs2.- por día, durante sesenta días.(fs. 6 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- ii)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- cuando una actuación judicial contiene una decisión arbitraria, con evidente repercusión en el proceso, en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes, pueden ser susceptibles de controversia en sede de tutela
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad manifiesta por parte de la autoridad emplazada que ponga en evidencia la violación de derechos de naturaleza constitucional
- corresponde que el peticionante de tutela explique de manera clara y concreta cómo la labor de la autoridad judicial o administrativa, ya sea en la interpretación de la norma o en la valoración de la prueba, o por afectación a los elementos de fundamentación y congruencia de la resolución, vulneró los derechos fundamentales y garantías constitucionales que invoca
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- CONFIRMAR