SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2020-S2
Fecha: 01-Dic-2020
I.3.
Por decreto de 18 de noviembre de 2019, se dispuso la suspensión de plazo a objeto de recabar documentación complementaria; empero, al no ser remitida se procedió el 24 de enero de 2020 al envío de la acción tutelar a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, a efectos de un nuevo sorteo, el que se realizó el 11 de febrero del mismo año, requiriendo el Magistrado Relator nuevamente la documentación extrañada, suspendiéndose el plazo mediante decreto de 9 de marzo de igual año; sin embargo, al no cumplir la Sala Plena del Consejo de la Magistratura con lo requerido, se reanudó el mismo mediante decreto de 25 de noviembre del año citado; por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro del término legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- denegar
- Fragmento 19