Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2020-S2
Fecha: 01-Dic-2020
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista SCCI - 067/2018 de 26 de febrero, los miembros de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, revocaron parcialmente la precitada Sentencia y dispusieron declarar probada la demanda de entrega de inmueble y reconocimiento de frutos civiles solo respecto a Luis Reyes Rosquellas e Iveth Mónica Céspedes Guachalla, quienes en el plazo de treinta días de ejecutoriada su determinación deben entregar el bien inmueble sito en calle Olañeta 362 a favor del BNB S.A., bajo prevención de lanzamiento (fs. 64 a 67 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si las accionantes acudieron a esa vía idónea, deben aguardar que la respectiva autoridad, resuelva el recurso de alzada que fue interpuesto, y posteriormente el recurso jerárquico y una vez agotada dicha vía, y si acaso persiste la lesión al debido proceso y al trabajo que ahora invocan, recién podrá acudir a la jurisdicción constitucional para su reparación.
- no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, por cuanto al haber activado las accionantes dos vías paralelas o simultáneas reclamando los mismos hechos, incurrieron en una causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional, motivo por el cual no corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Contra resoluciones cuya ejecución estuviere suspendida por efecto de algún medio de defensa o recurso ordinario o extraordinario interpuesto con anterioridad por el recurrente, y en cuya razón pudieran ser revisadas, modificadas, revocadas o anuladas
- recurso de reposición con alternativa de apelación el 3 de febrero de 2020 a horas 8:02
- CONFIRMAR