SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2020-S2

Fecha: 02-Dic-2020

en el ámbito de su competencia

Consecuentemente, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, la entidad edilicia prenombrada, en el ámbito de su competencia, atendiendo el “interés público”, no solo cuenta con las facultades y mecanismos legales para -persiguiendo un fin constitucionalmente válido- resguardar los bienes de dominio público -inclusive pudiendo proceder al desalojo-; sino que, a la vez tiene la obligación de preservarlos, evitando que sean empleados de forma ilegítima en provecho particular.