SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2020-S2

Fecha: 09-Dic-2020

ii)

ii)    En virtud a lo establecido en los arts. 232 y 235.I de la CPE, y 4 inc. c) de la LPA, se encuentra compelido al cumplimiento de la voluntad del legislador precisada en las leyes y demás disposiciones que conforman el bloque normativo plurinacional, siempre dentro del marco constitucional, no siendo competente para cuestionar u objetar el contenido de las leyes emanadas del Órgano Legislativo y menos efectuar el control de constitucionalidad de las normas vigentes;