Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Las accionantes a través de su representante alegan como lesionados los derechos de sus hijos menores AA y BB a una protección reforzada bajo el principio del interés superior del niño, libertad, debido proceso, defensa, impugnación y a una justicia pronta y oportuna, señalando al efecto los arts. 22, 23.I, 58, 60, 115, 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, art. 1.5, 8.1, 19 y 25 de la Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH); y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- se abre la competencia del tribunal de alzada únicamente para la revisión sobre cuestiones de derecho y no de hecho que hubieran sido resueltas por la autoridad judicial a quo; ya que no constituye una nueva instancia en la que sea admisible la consideración de nueva prueba por el tribunal de apelación
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- CONFIRMAR