SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes a través de su representante alegan como lesionados los derechos de sus hijos menores a una protección reforzada bajo el principio del interés superior del niño, libertad, debido proceso, defensa, impugnación y a una justicia pronta y oportuna, toda vez, que la Vocal demandada declaró la improcedencia de su recurso de apelación con el argumento de que no existía fundamentación fáctica, jurídica, probatoria ni jurisprudencial, sin considerar la prueba que fue adjunta en el recurso a objeto de acreditar que los menores imputados cuentan con familia, domicilio y trabajo, en plena inobservancia a la línea jurisprudencial contenida en a SCP “502”/2018-S2 de 14 de septiembre –siendo lo correcto es 506–.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- se abre la competencia del tribunal de alzada únicamente para la revisión sobre cuestiones de derecho y no de hecho que hubieran sido resueltas por la autoridad judicial a quo; ya que no constituye una nueva instancia en la que sea admisible la consideración de nueva prueba por el tribunal de apelación
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- CONFIRMAR