Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
II.1.
II.1. Cursa copia simple del Auto de Vista 131/2020 de 11 de mayo, por el que la Vocal demandada, declaró admisible el recurso de apelación incidental cautelar interpuesto por los imputados AA BB representados por sus padres, por haberse presentado dentro de plazo, en consecuencia determinó declarar improcedentes las cuestiones planteadas, mérito por el cual confirmó la Resolución 42/2020 de 2 de mayo, emitida por el Juez Tercero de la Niñez y Adolescencia del departamento de La Paz (fs. 66 a 69 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- se abre la competencia del tribunal de alzada únicamente para la revisión sobre cuestiones de derecho y no de hecho que hubieran sido resueltas por la autoridad judicial a quo; ya que no constituye una nueva instancia en la que sea admisible la consideración de nueva prueba por el tribunal de apelación
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- CONFIRMAR