SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El impetrante de tutela considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos debida fundamentación, motivación y congruencia, y valoración probatoria en relación su derecho a la defensa y acceso a la justicia; puesto que, dentro del proceso penal seguido en su contra, fue emitido requerimiento conclusivo de sobreseimiento en su favor, el cual una vez impugnado, fue indebidamente revocado por Resolución FDB/NGGR/S.- 073-2019, pronunciada por la autoridad demandada, que se limita a citar los medios de prueba sin exponer criterio alguno, respecto a su valoración ni contrastar con la valoración de la Resolución revocada; omitiendo establecer si los hechos dolosos que afirma se encuadrarían en la normativa administrativa o en el procedimiento de resolución prevista en los contratos de obra que suscribió, y no refiere por qué no serían aplicables las normas previstas para el proceso contencioso, limitándose a realizar un análisis conjunto de los arts. 28 y 29 del CP, como si se tratase de un solo tipo penal; y, omitiendo pronunciarse en relación a los extremos expuestos en su memorial de respuesta a la impugnación; asimismo, no refiere todas las pruebas documentales y testificales aportadas en el desarrollo de la etapa preparatoria, siendo alejada de los marcos de razonabilidad y equidad, la afirmación del Ministerio Público en sentido que la demanda contenciosa que interpuso el 20 de octubre de 2016, implicaría un acto de carácter doloso.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.2. El debido proceso
- implica que toda resolución judicial, administrativa o de otro ámbito, contenga una estricta correspondencia o armonía entre lo peticionado y lo resuelto
- la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER