SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2020-S1

Fecha: 01-Dic-2020

a) La cesación de los efectos del acto reclamado o teoría del hecho superado[15]

a) La cesación de los efectos del acto reclamado o teoría del hecho superado[15]; se produce cuando la parte demandada voluntariamente, dejó de lesionar el derecho denunciado, restituyéndolo hasta antes de la citación con la acción de amparo constitucional[16]; es decir, que como consecuencia del obrar del demandado, se superó, reparó o cesó la vulneración de derechos fundamentales; consiguientemente, al terminar su afectación, la tutela que podría otorgarse, se torna inoportuna e ineficaz.