SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2020-S4

Fecha: 15-Dic-2020

a)

El solicitante de tutela, a través de su abogado, se ratificó en los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional, y en audiencia de manera oral, agregó los siguientes argumentos: a) Hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, no fue notificado con ninguna resolución ni disposición que determine el corte del servicio de agua potable, constituyendo la misma, una medida de hecho que se asumió sin cumplir procedimiento alguno basado en las leyes, usos y costumbres; constituyendo una vulneración de sus derechos fundamentales; y, b) Denuncia que también se le lesionó su derecho a la petición, dado que todas las cartas notariadas presentadas ante Edwin Jaimes Flores, dirigente del Sistema de Agua Potable Villa Carmen, no tuvieron respuesta alguna, vulnerándose lo establecido en el art. 24 de la CPE.