Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2020-S4
Fecha: 15-Dic-2020
I.1.3. Petitorio
Solicitó se le conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene la inmediata reconexión del servicio de agua potable en su bien inmueble, ubicado en la acera oeste de la calle denominada “Villa Carmen”, además de que los miembros y representantes del Sistema de Agua Potable “Villa Carmen” se abstengan de ejercer medidas de hecho; así como el pago de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a las vías o medidas de hecho, jurisprudencia reiterada
- III.3. Naturaleza y alcances del derecho al agua
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre el presunto incumplimiento del principio de la inmediatez dentro del presente caso
- III.4.2. Sobre el objeto de la tutela dentro del presente caso
- REVOCAR