Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2020-S3
Fecha: 04-Dic-2020
II.3.
II.3. A través de memorial presentado el 19 de diciembre de 2019, el accionante cumplió con la aclaración requerida por la autoridad hoy accionada, reiterando se remitan las copias del cuaderno de investigación que adjuntó ante el Fiscal de Materia de Riberalta del departamento de Beni y se reciban las solicitudes efectuadas, a los fines de que se expidan los requerimientos fiscales para determinar cuestiones médico legales y al REJAP (fs. 83 a 84 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Participación del Tercero interviniente
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos:
- III.2. Análisis del caso concreto
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- REVOCAR