Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2020-S1
Fecha: 09-Dic-2020
II.2.
II.2. Según fotocopia simple de memorial de recurso de apelación de 21 de enero de 2020 contra la Resolución 380/2019 de 28 de noviembre, Lucia Tequisara Marca, solicitó se disponga la nulidad de la notificación con el referido Auto de Vista S-230/2019, efectuada el veinticuatro de julio de 2019 (fs. 7 a 9 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. Excepción al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional para grupos vulnerables
- Personas Adultas Mayores
- enfoques específicos
- Protección.
- grupos vulnerables- por lo que el Estado
- III.3. Sobre el derecho a la vivienda y su protección a través de la “tutela provisional” en los casos en que exista mandamiento de desapoderamiento, entretanto se resuelva el conflicto respecto a la propiedad que pretende ser desalojada.
- III.4. Sobre los derechos a la vivienda y hábitat
- III.5. Análisis del caso concreto
- derecho a la vivienda
- denegar
- REVOCAR
- MAGISTRADA