SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0899/2020-S3
Fecha: 16-Dic-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 01/2019 de 24 de abril, cursante de fs. 111 a 113 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Sebastián Berna Esquibel y Carlos Delgado Mendoza en representación sin mandato de Humberto Berna Estelo, Julián Berna, Roman Berna Bautista Estelo, Jesús Pedro Berna Calapamchay, Delia Gladis Berna Berna, Ronald Calani Cruz, Ever Villegas Mamani y otros servidores públicos de la Reserva Nacional de Fauna Andina Eduardo Avaroa (REA) contra Omar Pérez, Presidente de la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo (ASAVITU), Rosa Pérez, Presidenta de la Cámara Regional de Turismo (CARETUR) y Eliza Márquez, Presidenta de la Cámara de Operadores de Turismo (C-OPETUR).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.2.5. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo