SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0901/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0901/2020-S3

Fecha: 16-Dic-2020

II.3.

II.3.  Mediante Informe MTEPS/JRTR/WMC/003/2018 de 17 de septiembre, Wilver Miranda Cartagena, Inspector de Trabajo Forzoso de Riberalta, sugirió a Remberto Jesús Arze, Jefe Regional de Trabajo de la referida localidad, emitir conminatoria de reincorporación por inamovilidad laboral en aplicación del art. 48.IV de la CPE y del DS “0012”, a efectos de que el hoy demandado restituya a su fuente laboral al ahora impetrante de tutela, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales, en base a las siguientes conclusiones: 1) La documentación que adjuntó el ahora peticionante de tutela, evidencia, que el mismo es padre progenitor de un menor de tres meses de edad y por ello gozaría del derecho de inamovilidad laboral de acuerdo a lo determinado en el art. 48.VI de la CPE y el DS “0012”; 2) La autoridad hoy demandada no demostró documentalmente el resultado de un proceso interno y/o imputación, que justifique el despido del accionante, este comprendido en las causales establecidas en los arts. 16 de la LGT y 9 de su Decreto Reglamentario; y, 3) Según la prueba aportada, se advirtió que la parte demandada no hizo efectivo el pago de los beneficios sociales (fs. 29 a 40).