AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2020-RCA

Fecha: 12-Feb-2020

1)

Refiere que: 1) En la Resolución de 15 de enero de 2020, los Vocales de la Sala Constitucional se limitaron a transcribir los arts. 129.I de la CPE y 54.I del CPCo; la Sentencia Constitucional 1580/2011-R y la Sentencia Constitucional Plurinacional 0982/2016-S3, justificando el presupuesto de la subsidiariedad; empero, no refirieron ni una sola palabra de sus argumentos respecto a la mora judicial que impide una tutela efectiva a sus derechos; si bien el recurso de apelación como medio judicial pendiente, el cual daría la oportunidad al Tribunal o Juez a pronunciarse sobre el hecho, no es menos evidente, que este tardaría al menos tres años, y el 31 de enero -se entiende de 2019-, perdería la oportunidad del trabajo donde debía presentar su certificado del REJAP, con el riesgo de que podrían deportarla de Chile por no obtener su visado por trabajo; y, 2) Solicita que el Tribunal Constitucional Plurinacional con mejor análisis se pronuncie concretamente sobre la mora judicial como impedimento o no del uso y goce de sus derechos.