AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2020-RCA
Fecha: 16-Mar-2020
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 10/”2019” de 15 de enero de 2020, cursante de fs. 74 a 77 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Elizardo Callata Mayta y Charles Fernando Mejía Cardozo contra Simón Sergio Choque Siñani, Presidente; Eddy Henry Cabrera Carlo, Primer Vicepresidente; Margarita del Carmen Fernández Claure, Segunda Vicepresidenta; Sandra Cartagena López, Primera Secretaria; Nelly Lenz Roso, Segunda Secretaria; Norman René Lazarte Calizaya, Tercer Secretario; y, Ginna María Tórrez Saracho, Cuarta Secretaria; todos miembros de la Directiva de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional; Adalberto Arauz Gonzáles, Presidente; Yakeline Mercado Peredo, Vicepresidenta; y, Leonardina Maito Moye, Secretaria, todos de la Comisión de Constitución, Jurídica, Desarrollo Institucional, Seguridad Ciudadana, Asuntos Laborales, Seguridad Social de la Asamblea Legislativa Departamental de Beni; y, Yascara Moreno Flores, Wilma Teresa Talamas Melgar, María Roxana Nacif Bardoza, Fruto Ruiz Mama, Luis Fernando Roca Vaca, Carmen Algarañaz Montero, Casimiro Beltrán Canaviri, José Antonio Oyola Suárez, Rosmery Ayala Languidey, Miriam Arminda Jiménez Mendoza, Eduard Kurt Bruckner Roca, Claribel Sandóval Serrate, Hermógenes Aramayo Montero, Juan Carlos Santos Calle, Enna Cuéllar Paz, José Luis Rivera Balcázar, Ana María Arana Cuéllar, Carlos Ernesto Navia Ribera, José Alfredo Bude Guarena, Karina Isela Sequeiros Escobar, Carlos Paul Bruckner Barba, Juan Carlos Viruez Sossa, Elena Ríos Sanguino y Ronny Armando Suarez Alvarado, todos miembros de la referida Asamblea Departamental.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- Fragmento 3
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 13
- 2° Disponer