AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2020-RCA
Fecha: 16-Mar-2020
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memoriales presentados el 2 y 13 de enero de 2020, cursantes de fs. 57 a 67 vta.; y, 71 a 72, los accionantes refieren que en noviembre de 2019, se publicó la Convocatoria Pública para postulantes a Vocales del Tribunal Electoral Departamental de Beni, aprobándose la Ley de Régimen Excepcional y Transitorio para la realización de Elecciones Generales y Reglamento Transitorio de Selección y Elección de Vocales de los Tribunales Electorales Departamentales -Ley 1666 de 24 de noviembre de 2019- estableciéndose al efecto un calendario de actividades programadas, las cuales tendrían como resultado la elaboración de ternas para la remisión a la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Refieren que, dentro del proceso de selección y elección de Vocales al Tribunal Electoral Departamental de Beni, fueron inhabilitados, sin que se realice la respectiva publicación en su página web o en el tablero de informaciones de dicho Tribunal la lista de los postulantes inhabilitados, ni el motivo de su inhabilitación, publicándose únicamente la lista de personas habilitadas a la entrevista, impidiendo que los postulantes que no clasificaron a la misma, tengan acceso a la mencionada información para poder interpelarla y analizarla. Además se incumplió con los parámetros para la respectiva evaluación de méritos.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- Fragmento 3
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 13
- 2° Disponer