Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2020-RCA
Fecha: 16-Mar-2020
I.4. Resolución de la Sala Constitucional
La Sala Constitucional Primera del departamento de Beni, mediante providencia de 6 de enero de 2020, cursante a fs. 69, dispuso que en el plazo de tres días conforme establece el art. “30.1” del Código Procesal Constitucional (CPCo), la parte accionante identifique a los terceros interesados y señale sus domicilios.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- Fragmento 3
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 13
- 2° Disponer