Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020-S1
Fecha: 02-Mar-2020
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene la conducción a la audiencia programada para el 25 de junio de 2019 a horas 15:00 en la localidad de Sorata, sea con escolta y demás medidas de seguridad; asimismo, se remita antecedentes ante el régimen disciplinario de la Policía Boliviana para su correspondiente procesamiento disciplinario, por ser una conducta dolosa de parte del demandado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo, podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- Fragmento 12
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- localidad de Sorata
- CONFIRMAR
- 2° Disponer
- correctivo
- instructivo)
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho
- El cumplimiento eficaz, inmediato y sin dilación alguna de decisiones jurisdiccionales en los términos plasmados en las órdenes expedidas por autoridades competentes y en caso de duda o imposibilidad de cumplimiento no atribuible al privado de libertad, las autoridades encargadas de centros penitenciarios, tienen el deber ineludible de procurar con celeridad y diligencia un cumplimiento de la decisión jurisdiccional en el marco de una interpretación lo más favorable y extensiva a la libertad