SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2020-S2

Fecha: 05-Mar-2020

2)

2)  Los órganos de investigación en el proceso penal están vetados de realizar actos jurisdiccionales, debiendo únicamente certificar hechos concretos “…en el presente caso al margen de que el informe contiene una declaración de la madre, tampoco existe esa declaración informativa que se haya prestado por parte de la madre de la víctima, en ese sentido la autoridad competente para definir o establecer si la concurrencia o no sobre una conducta puede ser o no calificada como peligro de fuga o de obstaculización, no le está permitido esta labor a la Policia Nacional en su labor de investigación establecer que una conducta es obstaculizadora o no, ni mucho menos precisar sobre temas relativos a medidas cautelares, como la concurrencia de cualquier otro riesgo procesal…” (sic), precisando asimismo que “Bajo ese entendimiento, este informe policial contiene una declaración de la madre de la víctima, en ese sentido tampoco podriamos valorar o dar un valor positivo para que se pueda desvirtuar el peligro procesal de obstaculización…” (sic);