Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2020-S3
Fecha: 11-Mar-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 18-2019 de 21 de agosto, cursante de fs. 15 a 18; pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Pablo Andrés Espoz Bezerra y “Carlos Justiniano Mariaca Riveros” en representación sin mandato de Patricio Ángel Fukuhuara Álvarez contra Freddy Coronel Alacoma, Anay Añez Mendoza y Yanet Noemy Paniagua Villa, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- conforme a dicho principio, la administración de justicia, debe ser oportuna y sin dilaciones, buscando efectivizar los derechos y las garantías reconocidos por el texto constitucional
- dentro de los plazos perentorios dispuestos por la norma legal
- CONFIRMAR