Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2020-S2
Fecha: 11-Mar-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 31/2019 de 13 de julio, cursante a fs. 36 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Luz Cinthya Mamani Vasquez contra Cinthia Shirley Loayza Almonte, Jefa de Servicios Judiciales y Sadao Cuba Huanca, Supervisor en suplencia legal del Responsable de Plataforma de Atención al Público e Informaciones, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR