SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

…cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público

Respecto a la responsabilidad administrativa, el art. 29 de la LACG indica que se da: “…cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta los resultados de la auditoria si la hubiere. La autoridad competente aplicará, según la gravedad de la falta, las sanciones de multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual: suspensión hasta una máximo de treinta días; o destitución” (las negrillas nos corresponden); por su parte, el art. 13 del DS 23318-A de 3 de noviembre de 1992 Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública establece que “La responsabilidad administrativa emerge de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y de las normas que regulan la conducta del servidor público” (las negrillas son nuestras).