Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020-S3
Fecha: 12-Mar-2020
II.2.
II.2. Mediante memorial de 9 de agosto de 2019, Ciro Valle Farrel -parte querellante-, solicitó señalamiento de audiencia de consideración de medidas cautelares del ahora accionante, alegando la existencia de riesgos procesales de fuga y obstaculización; escrito que fue atendido por proveído de 14 del citado mes y año, mediante el cual, se fijó audiencia para el 3 de septiembre de igual año a horas 8:30 (fs. 6 a 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR