Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020-S3
Fecha: 12-Mar-2020
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante a través de su representante sin mandato, alega que los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz -ahora demandados- de manera indebida señalaron audiencia de medidas cautelares -acto procesal en el que afirma se ordenará su detención preventiva-; sin considerar que interpuso excepción de prescripción, la misma que debe ser resuelta antes que cualquier otro acto dentro del proceso, razón por la cual, formuló recurso de reposición contra el decreto de señalamiento de audiencia cautelar; sin embargo, tampoco fue resuelta dicha reposición, pues se le señaló que la misma se conocería conjuntamente la petición principal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR