Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
II.1.
II.1. Consta Auto de Vista 98/2008 de 14 de noviembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declarando improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por la impetrante de tutela, confirmando “…la Resolución No. 16 de 31 de julio de 2008…” (sic) -Sentencia condenatoria- (fs. 15 a 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada y consolidada
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido, debiendo presentarse concurrentemente los siguientes supuestos:
- procede la tutela del derecho al debido proceso a través de la acción de libertad cuando el acto que vulnera el mismo constituya la causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto al procesamiento indebido denunciado
- Fragmento 15
- CONFIRMAR