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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2020-S2

    Fecha: 17-Mar-2020

    III.

    La accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, aduciendo que el Secretario demandado “hasta la fecha” no procedió a otorgarle fotocopias legalizadas en doble ejemplar que requirió, de la Sentencia ejecutoriada, mandamiento de condena y Auto de radicatoria del Juzgado de Ejecución Penal, tampoco se puso a la vista el cuaderno de control jurisdiccional.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • Fragmento 4
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III.
    • III.1.  Supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada y consolidada
    • cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido, debiendo presentarse concurrentemente los siguientes supuestos:
    • procede la tutela del derecho al debido proceso a través de la acción de libertad cuando el acto que vulnera el mismo constituya la causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Respecto al procesamiento indebido denunciado
    • Fragmento 15
    • CONFIRMAR

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