Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
i)
Albertina Gonzales Claros de Chura, presente en audiencia conjuntamente su abogado, a través de quien manifestó lo siguiente: i) La parte accionante en sus fundamentos no hizo mención al requerimiento fiscal de rechazo de la denuncia, con el que le notificaron el 14 de junio de 2019; ii) La existencia de un rechazo de denuncia implica suspender las medidas de protección dispuestas por el Ministerio Público que fueron homologadas por la autoridad judicial y respecto de las cuales versa el recurso de apelación; y, iii) Supone que ya no tendría sentido realizar ninguna consideración, solicitando la denegatoria de la tutela demandada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- POR TANTO:
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto a los requisitos que debe contener una resolución administrativa en segunda instancia, la SCP 0275/2012 de 4 de junio[3], precisa que dicho fallo debe exponer los hechos y citar las
- [4]
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- b)