SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

i)

           Como se tiene del Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional en cuanto al procesamiento indebido, deben concurrir los siguientes presupuestos: i) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciadas deben estar vinculadas con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, ii) Debe existir absoluto estado de indefensión.

           Bajo ese contexto y conforme los antecedentes de la causa, es prudente puntualizar previamente que el accionante no está privado de libertad, ya que la audiencia de consideración de medidas cautelares no fue celebrada por lo cual su situación jurídica antes y a lo largo de la interposición de la presente acción de defensa, no ha sido afectada, estando el referido derecho intacto.