Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
Fragmento 15
Es evidente que en sesión ordinaria de 5 de junio de 2019, según Acta 29/2019 y mediante Resolución Municipal 26/2019, el señalado Concejo, con la participación de Javier Claros Santos, Grover Pinaya Condori y Sullman López Quiroz -ahora impetrante de tutela-, aprobó la elección de la nombrada como Presidenta, el primero, Vicepresidente y el segundo, Secretario, todos del indicado Concejo para la gestión 2019-2020 (Conclusión II.1).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las vías de hecho, finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.4. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
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