Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
II.3.
II.3. Conforme Acta 11/2019 de 12 de junio, concerniente a la Sesión Ordinaria 31/2019, el citado Concejo Municipal, con la intervención de los demandados, conformó la Directiva ad hoc por María Tereza Parada Padilla como Presidenta y Franklin Ricaldi Mafaile, Secretario, ambos del aludido Concejo (fs. 229 a 233 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las vías de hecho, finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.4. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REVOCAR