SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S3

Fecha: 18-Mar-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 18 de agosto de 2019, en el Hospital Municipal de la Villa Primero de Mayo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, falleció su concubino Emmanuel Mamani Saavedra, debido a un edema agudo de pulmón; por ese motivo, el 10 de octubre de igual año, a través de una Carta Notariada dirigida al Director Ejecutivo ahora accionado, solicitó el historial clínico del difunto para presentarlo al Analista Nacional de Seguro del BANCO PRODEM Sociedad Anónima (S.A.) que exigía esa documentación, en razón que anteriormente adquirió un crédito junto a su cónyuge, quien no se encontraba asegurado. Por ese motivo y debido a que la deuda es elevada, no se activó el seguro.

Sin embargo, negaron su solicitud sin antes darle respuesta o emitir un decreto; únicamente y de forma verbal le indicaron que solicite una orden judicial o requerimiento fiscal, lo cual vulnera su derecho de petición vinculado a su derecho de acceso a la información, ya que de acuerdo a lo establecido en la SCP 0566/2012 de 20 de julio, la contestación por parte de la Administración Pública debe ser en forma escrita.