SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S3

Fecha: 18-Mar-2020

Sobre el asesoramiento ejercido por el profesional abogado

En el Fundamento Jurídico III.5. del presente fallo constitucional se cita la Sentencia C-138/19 emitida por la Corte Constitucional de la República de Colombia, que expone respecto al ejercicio inadecuado o irresponsable de la profesión de abogado, que puede afectarse la efectividad de los derechos fundamentales de terceros o poner en entredicho la vigencia de principios constitucionales de interés general, como la buena fe, eficacia y celeridad.

En el presente caso, el abogado de la accionante en audiencia manifestó estar de acuerdo con la reconducción determinada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del Auto de Admisión de 15 de noviembre de 2019, reconociendo con ello, su equivocación al plantear una acción de cumplimiento en lugar de una acción de amparo constitucional; es decir, realizó un mal asesoramiento jurídico, cuando su labor es prestar un servicio efectivo utilizando el medio idóneo, mediante el cual ejerza su profesionalidad y responsabilidad, con el fin de denunciar y, posteriormente, conseguir la tutela de los derechos fundamentales o garantías constitucionales de su cliente. Esa forma de actuación profesional se considera injustificable y merece su observación, a efectos de evitar que en futuros casos incida en los mismos errores y realice un mejor asesoramiento, garantizando su responsabilidad e idoneidad en el ejercicio de su profesión.