SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2020-S3
Fecha: 16-Mar-2020
TRANSPARENCIAS, CELERIDAD, LEGALIDAD, EFICIENCIA, INMEDIATEZ, DEBIDO PROCESO
El impetrante de tutela alega la lesión de sus derechos a una justicia pronta, oportuna transparente y sin dilaciones; y, a los principios procesales de “…TRANSPARENCIAS, CELERIDAD, LEGALIDAD, EFICIENCIA, INMEDIATEZ, DEBIDO PROCESO” (sic), citando al efecto el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
El impetrante de tutela alega la vulneración de sus derechos a una justicia pronta, oportuna transparente, sin dilaciones y a los principios procesales de “TRANSPARENCIAS, CELERIDAD, LEGALIDAD, EFICIENCIA, INMEDIATEZ, DEBIDO PROCESO” (sic); toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de violación, presentó recurso apelación incidental contra la Resolución que determinó su detención preventiva; sin embargo, hasta la fecha de interposición de su acción de defensa, no se encontraba elaborada el acta de la audiencia, menos se remitieron los antecedentes del caso y su recurso al Tribunal de alzada, incumpliéndose el plazo de veinticuatro horas que establece el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- TRANSPARENCIAS, CELERIDAD, LEGALIDAD, EFICIENCIA, INMEDIATEZ, DEBIDO PROCESO
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación; o porque la violación o amenaza de lesión del derecho ha cesado; ante lo cual, el hecho denunciado dejó de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado con su consecuente restitución.
- cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR